La Ordenanza 6740/17 prohíbe la comercialización, transporte y venta de pirotecnia en todo el territorio de Godoy Cruz. Los montos de las multas van desde los 5.000 a los 50.000 pesos.
La ordenanza impide “el depósito y tenencia para comercialización y expendio al público, mayorista y/o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería y/o fuegos artificiales; el uso en espacios públicos y privados de acceso público, con algunas excepciones”.
El objetivo es prevenir los accidentes, evitar los perjuicios a la salubridad, seguridad y tranquilidad pública en general, y en particular a sectores vulnerables. Además, la protección del ambiente y animales.
En el caso de espectáculos autorizados destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de eventos especiales, sólo se podrá utilizar material insonoro (pirotecnia fría).
¿Dónde denunciar?
Se puede llamar a los teléfonos del Municipio 4 133245, 4 133100 o 0800 800 6864, al 911 y al Ministerio de Seguridad.
Operativos
De manera conjunta entre el Municipio y el REPRIV (Dirección del Registro Provincial de Armas y Registro de Empresas Privadas de Vigilancia) se realizarán controles en distintos puntos del Departamento los días 24, 25, 30 y 31 de diciembre.